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 Política: Leandro Gómez: Fasano y Falca revelaron a la Justicia nombres de los involucrados

Noticias DePolíticaEl director de LA REPUBLICA, Federico Fasano Mertens, y el editor de la sección Política, Marcelo Falca Enrich, revelaron ayer de tarde en Paysandú, al juez penal Pablo Dalera y al Fiscal Pablo Ribas, los nombres de las tres personas mencionadas por la fuente reservada, presuntamente involucradas en el hurto de los restos del general Leandro Gómez.

Los nombres revelados, que aún no pueden ser comunicados a la opinión pública en virtud del secreto presumarial judicial, tienen que ver con la identidad del ex legislador blanco que no fue reelecto en este período legislativo, con el capitán del Ejército que se encargó de la logística de la operación de secuestro de los restos mortales del héroe de Paysandú y con una tercera persona no involucrada en el delito que fue puesta en conocimiento de su existencia.

El momento más álgido de la audiencia fue cuando el juez Dalera solicitó a ambos periodistas que revelaran la identidad de la fuente reservada que ha posibilitado la investigación de LA REPUBLICA, hecho éste que no fue admitido por Fasano y Falca.

La declaración del editor de Política

La audiencia comenzó con el interrogatorio del juez Dalera y el Fiscal Ribas al editor de Política, Marcelo Falca, respecto a la investigación del diario LA REPUBLICA, en base a una fuente clave que aportó una versión muy precisa sobre la sustracción de los restos.

El periodista aportó a dicha sede judicial copia del acta firmada en la Dirección Nacional de Policía en la que se documentó la entrega a esta repartición estatal de seis piezas óseas que corresponderían a los restos robados y que fueron recuperados por LA REPUBLICA.

También aportó copia de un memorándum entregado por la fuente en el que se relatan los hechos y una copia de la transcripción de un presunto diálogo entre uno de los autores materiales del hurto y el supuesto autor intelectual.

La responsabilidad de Fasano

Acto seguido el juez hizo ingresar al recinto al director de LA REPUBLICA, quien dejó constancia que asumía toda la responsabilidad jurídica sobre la investigación llevada a cabo por el diario, su publicación y la negativa a revelar la fuente informativa, exonerando de toda responsabilidad al editor de Política, Marcelo Falca.

Fasano dejó claro en actas que el diario colaboraría con la justicia en todas las instancias de este proceso, informándole pormenorizadamente de todos los avances futuros de la investigación periodística en curso, pero que en modo alguno revelaría la fuente reservada, que ha permitido renacer una instrucción que estaba prácticamente archivada.

Agregó en ese acto más detalles sobre el curso de la investigación periodística, el lugar y los pormenores del hallazgo de las seis piezas óseas presuntamente pertenecientes a Leandro Gómez, y otros elementos que facilitarán la instrucción judicial, y que no involucraban el secreto profesional.

Controversia sobre el secreto

El punto más álgido de la audiencia giró en torno al secreto profesional esgrimido por los dos periodistas que se negaron a revelar la identidad de la fuente reservada.

El juez Dalera de inmediato los relevó de esa obligación ética y legal pero Fasano, tras agradecerle el relevamiento le explicó que si "violaba la deontología que desde la fundación del diario LA REPUBLICA, hace 22 años hemos mantenido inalterable, perderíamos el único capital con que un diario contaba que era su credibilidad, y sólo quedaba cerrar el diario, irse del país y dedicarse a otros menesteres".

Fasano le explicó al juez y al fiscal, que en los casi 40 juicios penales en los que había participado, el tema del secreto profesional estuvo presente en 8 oportunidades, en todas las cuales, la magistratura tras insistir en el relevamiento del deber­derecho, había aceptado finalmente nuestras razones legales y éticas y no había aplicado sanción alguna, ni basada en la falta de colaboración, ni en el encubrimiento y mucho menos en el desacato, que no puede ser pasivo sino activo y estentóreo.

También argumentó que no sólo lo protegían normas éticas, como existen en otras profesiones, sino texto legales muy precisos como el inciso 3 del artículo primero de la ley 16.099 y el artículo 28 del Código Penal.

El inciso tercero del artículo primero de la ley 16.099 dice textualmente: "Los periodistas tendrán el derecho a ampararse en el secreto profesional respecto a las fuentes de información de las noticias que difundan en los medios de comunicación".

Por su parte, el artículo 28 del Código Penal dice textualmente: "Está exento de responsabilidad el que ejecute un acto ordenado o permitido por la ley, en vista de las funciones públicas que desempeña, de la profesión a la que se dedica, de la autoridad que ejerce, o de la ayuda que le preste a la justicia".

El juez Dalera manifestó que la línea entre el secreto profesional del periodista y la colaboración con la justicia era sumamente delgada.

Finalmente el magistrado no insistió con la exigencia de identificar la fuente reservada del diario LA REPUBLICA, aceptó la colaboración prestada y los datos incorporados al expediente, labró el acta que fue firmada por los testigos y levantó la audiencia, sin otras ulterioridades.

FUENTE LA REPUBLICA



 
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